Cuando hay que hacer la Inspección Técnica de Edificios (ITE)
La inspección técnica de Edificios, la tendrán que pasar todos aquellos edificios dentro del año siguiente a aquél en el que cumplan 30 años desde la fecha de la terminación total de su construcción u obras de reestructuración total.(vaciado del edificio con mantenimiento de fachada recayente a vía o espacio libre de uso publico)
CALENDARIO DE INSPECCIONES
AÑO CONSTRUCCIÓN EDIFICIO AÑO DE INSPECCIÓN
Antes de 1940 y no obligados en 2000 y 2001 | 2002 |
Entre 1940-1952 | 2003 |
Entre 1953-1958 | 2004 |
Entre 1959-1961 | 2005 |
Entre 1962-1965 | 2006 |
Entre 1966-1969 | 2007 |
Entre 1970-1974 | 2008 |
Entre 1975-1978 | 2009 |
En 1979 | 2010 |
En 1980 y años consecutivos | Dentro del año siguiente a aquel que cumplan 30 años desde la fecha de terminación total de su construcción u obras de reestructuración total.
|
* Para conocer el año de construcción de su edificio PINCHE AQUÍ
EDIFICIOS CATALOGADOS Y SITUADOS EN CASCOS HISTÓRICOS
Edificios con antigüedad superior a 20 años
Los edificios incluidos en el catalogo de edificios protegidos con los niveles 1,2 y 3 y los del Centro Histórico y Cascos periféricos, están obligados a efectuar la inspección técnica en los años 2000 y 2001.
Edificios con antigüedad inferior a 20 años
Están obligados a efectuarla en el periodo que corresponda de acuerdo con su año de construcción y lo que establece los apartados anteriores.
EDIFICIOS PROPIEDAD DE PERSONAS JURIDICO-PUBLICAS, LAS REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS Y LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES
Edificios con antigüedad igual o superior a 30 años
Los edificios protegidos con niveles de protección 1,2 y 3 están obligados a efectuar la Inspección técnica en el año 2005.
Los edificios incluidos en el Centro Histórico y Casco Histórico están obligados a efectuar la inspección técnica en el año 2006
Los edificios no incluidos en los años 2005 y 2006 deberán pasar la inspección técnica en el 2007
Edificios con antigüedad inferior a 30 años
Durante el año que corresponda según el calendario establecido con carácter general.
SIGUIENTES INSPECCIONES:
Las siguientes inspecciones se realizaran cada diez años